La semana pasada asistí a un evento de recaudación de fondos organizado por Distrito de Mujeres en beneficio de la Ley Olimpia, impulsada por Olimpia Coral Melo. El discurso que dio Olimpia a las asistentes me conmovió. Por eso quiero contarles más acerca de la Ley Olimpia y de esta causa, que busca resolver el problema la violencia digital desde sus cimientos estructurales.
Los temas abordados en esta nota son:
- Historia de la Ley Olimpia
- Quién es Olimpia Coral
- Qué castiga la Ley Olimpia
- Sanciones de la Ley Olimpia
- Cómo denunciar
- Conclusión
Historia de la Ley Olimpia
A raíz de sobrevivir a violencia digital, la joven Olimpia de 19 años, presentó una iniciativa de ley al Congreso de Puebla para penalizar la difusión de contenidos íntimos a través de medios digitales. En 2018 entraron en vigor una serie de reformas al Código Penal de Puebla para castigar este delito.
Pronto otras entidades federativas comenzaron a implementar reformas en sus códigos locales y desde 2021 la Ley Olimpia es nacional.
Los protocolos que se han establecido en México para tipificar, dar seguimiento con una perspectiva de género y penalizar estos delitos están sirviendo como base para que otros países también implementen nuevas leyes en esta materia, tal es el caso de Argentina que adoptó la Ley Olimpia en 2023.
¿Quién es Olimpia Coral?
Olimpia es una mujer fregona, inteligente y con una gran resiliencia. Fue nombrada recientemente por la revista Time como una de las personas más influyentes del mundo, debido a los cambios que ha impulsado en beneficio de la sociedad. Gracias a ella, la web es un espacio más seguro para todos, pero en especial para las niñas y las adolescentes.
95 de cada 100 víctimas de violencia digital son mujeres y 8 de cada 10 personas agresoras son hombres.
Fuente: Defensoras Digitales del Frente Nacional para la Sororidad.
Justamente durante sus años de adolescencia, Olimpia estaba enamorada y accedió por petición de su novio a realizar un video sexual. Lo que no consintió era que lo compartiera con otras personas, tal como ocurrió. Después de terminar, a modo de venganza, el exnovio comenzó a difundirlo. Ellos vivían en Huauchinango, Puebla, y como en todo pueblo, las noticias vuelan.
Olimpia se sentía devastada porque la gente comenzó a juzgarla a ella, no al canalla que compartió su video íntimo. Cuando quiso poner una denuncia, los policías, burlones y estúpidos, la hicieron reproducir nuevamente el contenido delante de ellos. Entre miradas lascivas y risas, le dijeron que si ella había accedido a grabar el video, su divulgación no constituía delito alguno.
Olimpia cuenta que estaba tan triste y humillada que quiso suicidarse, pero no se dejó vencer. Inició una lucha de siete años para crear y promover una ley que penalizara estas prácticas.
¿Qué castiga la Ley Olimpia?
Violación a la intimidad sexual
El delito que cometieron contra Olimpia fue tipificado como violación a la intimidad sexual. Cabe señalar que también es un crimen producir este tipo de contenidos sin el consentimiento de las partes involucradas. De acuerdo con el Código Penal Federal:
Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Código Penal Federal, Artículo 199 Octies.
Agravantes
Estas son algunas de las circunstancias que pueden incrementar la pena:
El mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad:
I. Cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza;
II. Cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones;
III. Cuando se cometa contra una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para resistirlo;
IV. Cuando se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo;
V. Cuando se haga con fines lucrativos;
VI. Cuando a consecuencia de los efectos o impactos del delito, la víctima atente contra su integridad o contra su propia vida.
Código Penal Federal, Artículo 199 Decies.
Violencia digital
Este delito se enmarca dentro de la violencia digital que ha sido definida como:
Toda acción cometida a través de las plataformas, páginas web, redes sociales, aplicaciones, videojuegos y demás medios digitales que dañan la dignidad, integridad, seguridad o el bienestar de una persona. Es la misma violencia que se ejerce en cualquier otro entorno, llevada a los espacios digitales.
Fuente: Oropa Marcela (2023).
De tal suerte, la Ley Olimpia penaliza la violación a la intimidad sexual, pero aún queda mucho trabajo por delante para penalizar otros tipos de violencia digital.
Sanciones de la Ley Olimpia
A nivel federal, se sanciona con de 3 a 6 años de prisión a quien difunda contenidos sexuales de terceros sin su consentimiento. Pero en el Código Penal de los diferentes estados de la República las sanciones pueden variar:
- Aguascalientes: 1 a 4 años de prisión. 300 a 600 días multa, así como al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
- Baja California: 1 a 6 años de prisión. Multa de 500 a 1500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA)* vigente.
- Baja California Sur: 3 a 6 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 días. Multa al momento de que se cometa el delito.
- Campeche: 3 a 6 años de prisión. Multa de 500 a 1000 UMAS.
- Chiapas: 3 a 5 años de prisión. 100 a 200 días multa.
- Chihuahua: 6 meses a 4 años de prisión. 90 a 180 días de trabajo a favor de la comunidad. 100 a 200 días de multa.
- Ciudad de México: 4 a 6 años de prisión. Multa de 500 a 1000 UMAS.
- Coahuila: 3 a 6 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 UMAS.
- Colima: 4 a 6 años de prisión. Multa de 500 a 1000 UMAS.
- Durango: 4 a 8 años de prisión. Multa de 288 a 566 UMAS.
- Estado de México: 1 a 5 años y de 3 a 7 años de prisión. Multa de 200 a 500 y de 200 a 400 UMAS.
- Guanajuato: 2 a 4 años de prisión. 20 a 40 días multa.
- Guerrero: 3 a 6 años de prisión. Multa de 200 hasta 1000 veces el valor diario de la UMA.
- Hidalgo: 3 a 6 años de prisión. 200 a 500 días multa.
- Jalisco: 1 a 8 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 UMAS.
- Michoacán: 4 a 8 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA y desde 1000 hasta 2000 veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño.
- Morelos: 4 a 8 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 UMAS.
- Nuevo León: 6 meses a 4 años de prisión. Multa de 800 a 200 cuotas.
- Oaxaca: 4 a 8 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA vigente al momento de que se cometa el delito.
- Puebla: 3 a 6 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 veces la UMA al momento de que se cometa el delito.
- Querétaro: 3 a 6 años de prisión. 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA, y desde 1000 hasta 2000 veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño.
- Quintana Roo: 4 a 8 años de prisión. 200 a 500 días de multa.
- Sinaloa: 1 a 3 años de prisión. 300 a 600 días multa.
- Sonora: 4 a 6 años de prisión y de 150 a 300 UMAS.
- Tamaulipas: 4 a 8 años de prisión. Multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA.
- Tlaxcala: 3 a 5 años de prisión. Multa de 200 a 500 veces el valor de la UMA.
- Veracruz: 4 a 8 años de prisión. Multa de 1000 hasta 2000 UMAS, al momento de que se cometa el delito.
- Yucatán: 1 año a 5 años y de 6 meses a 4 años de prisión. Multa de 100 a 400 y de 200 a 500 UMAS.
- Zacatecas: 4 a 8 años de prisión. Multa de 100 a 200 veces el valor diario de la UMA.
*Nota: La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Más información aquí para conocer el valor de las UMAS.
¿Cómo denunciar?
En teoría, existen tres mecanismos.
- Acudir a tu Ministerio Público más cercano. Las ubicaciones se pueden ver en: https://denunciadigital.cdmx.gob.mx/agencias-ministerio-publico
- Poner una denuncia digital a través de https://denunciadigital.cdmx.gob.mx
- Contactar a la Policía Cibernética, cuyo correo es: policia.cibernetica@ssp.df.gob.mx
Consejos de una abogada
Alexia Cortez, abogada penalista y fundadora de Ágora Social, recomienda lo siguiente:
- Reúne las pruebas. Documenta todas las pruebas posibles. Guarda capturas de pantalla de mensajes, correos electrónicos, publicaciones, y cualquier otra forma de comunicación que demuestre que has sido víctima de este delito. Estas evidencias serán esenciales para tu caso.
- Consulta con una abogada penalista. Una abogada penalista especializada en violencia digital puede asesorarte sobre los pasos legales a seguir y representarte en el proceso judicial. Te ayudará a entender tus derechos y las posibles acciones legales que puedes tomar.
- Protección legal. Solicita a tu abogada que le exija al Ministerio Público que otorgue medidas de protección, que restrinjan al agresor de acercarse a ti o contactarte. Esto puede ofrecerte una mayor sensación de seguridad mientras se resuelve el caso.
- Inicia una carpeta de investigación. Presenta una denuncia en contra de tu agresor y asegúrate de estar acompañada de tu abogada. Pueden hacerlo por escrito o acudir al Ministerio Público para que este recabe tu entrevista.
Lo que no te dicen…
En lo personal, viví violencia digital y ya en los hechos, denunciar fue un proceso desgastante. Cometí muchos errores. En mi experiencia, es difícil que te tomen en serio si no vas con un abogado, pero eso no te debe desanimar.
Mucha gente aconseja no denunciar porque es una pérdida de tiempo, pero yo creo que justamente es el primer paso para que, por un lado, accedas a la justicia y por otro, para que exista una dimensión más clara de la problemática al incluirse tu caso en las estadísticas del tipo de delito que denuncias. Por eso te doy los siguientes consejos:
- No borres las pruebas. Si sientes que tus dispositivos han sido intervenidos tal vez tengas la urgencia de resetearlos, pero al hacerlo solamente borrarás las pruebas. Yo por ejemplo, al ver que alguien tenía control remoto de mi computadora, corrí a que la resetearan a sus valores de fábrica.
- Contacta con las plataformas donde esté tu contenido. Cada red social tiene un área de ayuda en la que puedes solicitar que borren contenidos sexuales en los que aparezcas. En el apartado «Tomar acción frente a la violencia digital» (páginas 15 y 16) de este documento te dan las ligas para pronta referencia.
- Denuncia y pide un abogado de oficio. Cuando vas a un Ministerio Público a poner una denuncia, un fiscal toma tu declaración. Tú le cuentas lo que ha ocurrido y el fiscal interpreta qué de lo que dices es un delito y es lo que redacta en la denuncia. Asegúrate de que la denuncia que redacta el fiscal contenga todos los elementos que consideras importantes. Si no puedes pagar un abogado, pide uno de oficio y asesórate con él. También te puedes acercar a estas asociaciones.
- Recopila evidencias. Una vez pones una denuncia se abre una carpeta de investigación, pero los policías en México no investigan nada, tú les tienes que llevar las pruebas. Los links y las capturas de pantalla son pruebas, tenlas en una USB porque si logras que la policía cibernética te atienda, te las van a pedir.
- Haz una línea del tiempo. En la línea del tiempo pon todos los detalles que recuerdes, incluso si al principio no tiene sentido poco a poco tendrá forma y podrás comprender lo que ocurrió y explicarlo con mayor facilidad.
- Asegúrate de que te estén atendiendo. Fui a que la policía cibernética me ayudara y su gran consejo fue que cambiara las contraseñas de mis cuentas y activara las autenticaciones de dos factores (cosa que ya había hecho). No quisieron revisar mis dispositivos a pesar de que los llevé y les supliqué que me ayudaran. Cuando en realidad hacen su trabajo, te piden que dejes tus dispositivos en custodia como evidencia. En mi caso, solo se hicieron tontos porque no tenía un abogado que me dijera concretamente lo que tenía que pedirles. De hecho, si te atienden, prepárate para no ver más tus dispositivos, pues muchas veces ya no te los devuelven.
Revictimización
Entre adultos, no es un delito hacer un video sexual; el crimen es compartirlo sin el consentimiento de quien aparece en él. Por tanto, si alguien compartió contenidos íntimos tuyos sin tu autorización, no es tu culpa. Y si alguien te dice o te hace sentir lo contrario, es una forma de revictimización.
Otras formas de revictimización son: un mal manejo terapéutico ante un evento traumatizante; que otros minimicen lo que ocurrió o lo nieguen; que te digan que no tiene caso denunciar; que si denuncias, te enfrentes con una realidad institucional que no dé respuesta tus necesidades. Esta segunda experiencia victimal puede, de acuerdo con algunos autores, ser incluso más traumática que el evento original.
En conclusión…
Hace falta mucha educación en la sociedad para que la violencia digital pare. También es urgente capacitar a las autoridades gubernamentales (y académicas) para que sean sensibles a este tipo de denuncias y no revictimicen a quien acude a ellas en busca de ayuda. Por eso historias como la de Olimpia son una inspiración. Después de escucharla e imaginarme cómo debió sentirse en sus momentos más vulnerables, me llena de alegría que ahora sea una mujer empoderada. Que salga en la portada de revistas y represente a las mujeres que como ella han vivido violencia y han salido adelante. Que se siga preparando para comprender, con una perspectiva de género, los problemas que enfrenta el mundo. Que sea parte activa en las decisiones importantes de hacia dónde debe dirigirse la tecnología. Que la escuchemos. Que tenga el poder de cambiar las cosas y lo esté haciendo.